febrero 04, 1988

La ley y el alma del pueblo

Manuel J. Clouthier
San Juan de los Lagos, Jalisco
Febrero 4, 1988

Uno de los problemas más graves que lastiman a la nación mexicana es la cuestión de la libertad religiosa.

El problema se origina en el divorcio que existe entre el alma y la entraña del pueblo mexicano y el orden jurídico positivo.

Una muestra palpable de ese nefasto desgarramiento entre la realidad y lo legal se vive todos los días aquí en San Juan de los Lagos.

El pueblo hace las más impresionantes manifestaciones de fe religiosa y se moviliza por millones de gentes cada año, y sin embargo las leyes prohiben las peregrinaciones, porque dicen las normas que los actos del culto deben hacerse en lugares cerrados.

¡He aquí un caso típico y evidente de desobediencia civil pacífica a una ley injusta!, que viola los derechos humanos y no está en armonía con el alma del pueblo.

Sí mis amigos, en materia de libertad religiosa en México existe una situación esquizofrénica que daña la salud nacional y provoca frustraciones a la sociedad y al Estado.

Mientras el pueblo de México no encuentre la reconciliación entre sus más profundos sentimientos y las leyes, no tendrá la energía suficiente para resolver sus problemas.

Por la salud de la nación, por la restauración de los derechos humanos y porque es una demanda del pueblo de México, es preciso tener libertad religiosa.

Vamos a arreglar este problema en nuestra plataforma.

El Estado ha sido instituido para procurar el perfeccionamiento y la felicidad de los hombres, respetando su dignidad y propiciando el normal ejercicio de sus libertades, la religiosa entre ellas.

La libertad religiosa implica el derecho de los hombres a practicar actos de culto, educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones, difundir éstas y organizar asociaciones con fines religiosos; también implica el respeto hacia los ministros y directores de estas asociaciones.

En congruencia con estas ideas Acción Nacional propone:

  • Reconocer la personalidad jurídica de las asociaciones religiosas.
  • Reconocer el derecho de las iglesias:
  • A ejercer libremente los actos de culto.
  • A difundir sus creencias por cualquier medio de expresión.
  • A impartir enseñanza en todos sus grados.
  • A adquirir los bienes necesarios para el cumplimiento de sus fines.
  • Reconocer a los ministros de culto el derecho a votar y a emitir opiniones libremente.

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